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Juez federal revoca permiso ambiental de Alux 33 en Puerto Morelos por falta de competencia de la SEMA

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Un juez federal determinó que la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) de Quintana Roo no tenía facultades para emitir la autorización ambiental del proyecto de condominio Alux 33, en Puerto Morelos, debido a que el predio presenta características asociadas a un ecosistema de humedal costero con presencia de manglar.

La resolución representa un nuevo revés para el desarrollo, que ya había enfrentado la anulación de su licencia de construcción por parte de un juzgado en junio de este año. Con este fallo, el caso vuelve a poner bajo revisión la forma en que se han otorgado permisos en zonas ambientales sensibles de la entidad.

El punto central: una competencia federal

De acuerdo con la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS), el Juzgado Noveno de Distrito en Quintana Roo resolvió dentro del juicio de amparo 959/2025G-1 que la Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMA no era la autoridad competente para autorizar la manifestación de impacto ambiental del proyecto.

La organización sostuvo que, al tratarse de un terreno con presencia e interacción con manglar, la evaluación ambiental correspondía a la autoridad federal. En esa línea, señaló que tanto la Semarnat como la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) ya habían determinado antes que el proyecto no era viable.

Antecedentes del proyecto en Puerto Morelos

El desarrollo Alux 33 estaba previsto cerca de la esquina de la calle Cozumel con avenida Niños Héroes, en Puerto Morelos. Según la información difundida por DMAS, el predio conservó vegetación hasta poco antes de la pandemia de 2020, aunque actualmente presenta afectaciones visibles.

Los promoventes primero solicitaron una Manifestación de Impacto Ambiental ante la Semarnat, pero esa instancia federal negó la autorización. Posteriormente, obtuvieron un permiso ambiental de la SEMA, con el que tramitaron la licencia de construcción ante el Ayuntamiento de Puerto Morelos. Esa licencia fue anulada en junio por un juez, al considerar que el municipio no verificó la existencia de la autorización ambiental federal correspondiente.

Posibles efectos más amplios

DMAS consideró que la sentencia puede tener implicaciones más allá de este caso, ya que podría servir de referencia para revisar otras autorizaciones emitidas en zonas costeras o con presencia de manglar. La organización advirtió que la resolución debe funcionar como una señal para evitar que autoridades estatales asuman competencias reservadas a la Federación.

En su posicionamiento, la agrupación destacó que la decisión judicial marca un precedente sobre el alcance de las facultades ambientales locales cuando existen ecosistemas protegidos o de alto valor ecológico. Sin embargo, la resolución se circunscribe al caso Alux 33 y a las irregularidades detectadas en ese expediente.

Con este nuevo fallo, el proyecto acumula al menos dos resoluciones judiciales adversas: la pérdida de su licencia de construcción y la revocación de la autorización ambiental estatal que había servido de base para ese trámite.

El caso mantiene en el centro del debate la coordinación entre autoridades municipales, estatales y federales en proyectos inmobiliarios ubicados en áreas frágiles de la costa de Quintana Roo.

Conclusión

La resolución judicial refuerza la discusión sobre los límites de competencia entre autoridades ambientales estatales y federales en zonas costeras de alto valor ecológico, y coloca nuevamente bajo escrutinio el desarrollo de proyectos inmobiliarios en áreas con manglar.

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